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El Tribunal Constitucional ha anulado, por unanimidad, la amnistía fiscal al considerar que el decreto por el que se aprobó es inconstitucional. El pleno del tribunal ha admitido así el recurso presentado por el PSOE que sostenía que la amnistía, aprobada por el Gobierno del PP en 2012, vulneraba el principio de igualdad. Sin embargo, la anulación se ha producido porque, según el propio Constitucional, la norma prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten “de forma relevante o sustancial” a los deberes consagrados en la Constitución, como es el caso del “deber constitucional de ‘todos’ de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos”.

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Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces, entre otros, de Luis Bárcenas y los Pujol. «No son susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad», señala la propia sentencia.

La amnistía permitió regularizar la situación tributaria de las personas físicas y jurídicas que no habían declarado a la Hacienda Pública todos sus ingresos. El tribunal sostiene que el cumplimiento del déficit no puede justificar la adopción de la amnistía. «Sería un requisito necesario pero en ningún caso suficiente», indica la sentencia.

El fallo, del que ha sido ponente Andrés Ollero, no solo anula la amnistía sino que critica duramente su aprobación y acusa al Gobierno de «abdicar» de sus tareas. «La adopción de medidas que, en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, se aprovechan del mismo so pretexto de la obtención de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis económica, supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos», señala. Con su decreto, el Gobierno de Rajoy, según el tribunal, vino a «legitimar como una opción válida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir».

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